Personas con discapacidad, verdaderos Campeones

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El año pasado el cine español nos regaló una de las películas sin duda alguna mas linda y emocionante de los últimos años sin ninguna duda, acostumbrados como estamos a verdaderos bodrios politiqueros la película Campeones fue sin duda una verdadera bocanada de aire fresco, como bien nos dijo su director, «Sería un momento histórico de reconocimiento de la discapacidad. Entender que pueden hacer todo lo que se propongan si tienen los medios necesarios a su alcance» tras su nominación a los premios Oscar. «Las personas con discapacidad han sido normalmente invisibles para la sociedad y ahora, de pronto, Campeones las hará visibles» .., esperemos que no sea flor de un día.

La película Campeones tiene como principales protagonistas a un equipo de baloncesto compuesto por una decena de personas con una cierta discapacidad intelectual y el gran Javier Gutiérrez da vida al entrenador profesional que es obligado a dirigirlos como multa por haber tenido un accidente de coche estando borracho, al inicio de la película se dirige a ellos llamándolos subnormales, retrasados o mongólicos, como el propio actor indica «Cuando leí aquello me eché a temblar», explica López, «sin embargo, a medida que continúas te das cuenta de que ese es solo el punto de partida, y que retrata una evolución. Queda perfectamente claro desde donde está contado en todo momento», y es que no cabe duda que a pesar de lo «peligroso que pudiera ser tratar este tema en el cine desde el humor, con la posibilidad de que no se entendiera y de que la gente pensara que se están riendo de ellos», comenta la coach, «genera lo contrario, porque está hecha desde la realidad»

El rodaje no fue nada sencillo, los actores no habían jugado a baloncesto en la vida así que una vez elegidos los diez protagonistas e incluso un par de meses antes de comenzar con el rodaje empezaron a entrenar por las tardes con sesiones de entre 4 y 5 horas con la entrenadora Andrea González y eso nos da una idea de lo comprometidos que estaban los chicos con la película. Nos reconoce Andrea que «En todo momento mostraron una facilidad tremenda para hacer piña y, después, con los otros 80 miembros del equipo técnico y artístico, ocurrió lo mismo de manera natural».

Visto el enorme éxito comercial de la película en toda España nos deberíamos de preguntar porque hemos tardado tanto en dar visibilidad a las personas con cierta incapacidad intelectual y porque la mayoría de películas españolas son una verdadera porquería muchas de ellas politizadas por la izquierda. Si algo genera una cinta como Campeones visibilizar a estas personas generando conciencia y representándolos en diferentes facetas de su vida: practicando deporte, viajando, yendo a la playa, montando en autobús, trabajando o duchándose, desde luego que la película es una verdadera delicia sin ninguna duda.

No nos gustaría terminar este articulo pidiendo tanto a los directores como los productores de este país que le den mas protagonismo a todas esas personas que en cierto modo se ven excluidas de la sociedad por algún tipo de enfermedad o minusvalía porque nos han demostrado en mas de una ocasión que lo pueden llegar hacer incluso mejor que muchos de los actores de este país….

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Terapia sexual para personas discapacitadas

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Las personas con alguna discapacidad intelectual o las personas discapacitadas también tienen sus deseos sexuales como cualquier otra persona, los discapacitados reclaman y necesitan la legalización de personal expertos que les ayuden a satisfacer sus deseos sexuales, que les ayuden a vivir su sexualidad ya que tienen todo el derecho del mundo como es normal. Son personas con diversidad funcional que apuestan por una vida independiente. Y por esa independencia hacen pública la necesidad de legalizar la figura de un asistente sexual que les ayude a conocerse y a descubrir las necesidades que a muchos les es imposible satisfacer. Y es que por ejemplo, tener ayuda para visionar en internet porno gratis diario puede servir para relajarles y acercarles a un estado de salud sexual apetecible.

Estas personas no tienen la facilidad que por ejemplo ir a un bar, a una discoteca a tomar una copa y poder así ligar, es mas, en muchos locales su entrada incluso es impedida lo que es una completa barbaridad además de una ilegalidad. Luego estan las malditas barreras arquitectónicas. Estas personas llevan una vida normal, repletas de actividades disponiendo de asistentes personales que les ayudan a comer, cenar, maquillarse, ir al baño, meterse en la cama, pero, que pasa con el sexo? ese es el principal debate en España llevado por la organización Sex Asistent Cataluña, reivindican la necesidad de legislar esta figura como una opción sexual y piden que las necesidades afectivas y sexuales de este colectivo dejen de ser un tabú lo que sería de ser normal.

En España una vez mas vamos con cierto retraso ya que en paises como Dinamarca, Holanda, Suiza, Bélgica o Alemania por ejemplo la asistencia sexual se considera un servicio de salud y como tal está subvencionado desde hace más de veinte años por los respectivos gobiernos, aquí, en nuestro país el debate no ha hecho mas que empezar. A este debate debemos de sumar la exclusión económica que se une a las necesidades afectivas y sexuales, se suman las necesidades económicas a las que están atadas las personas con diversidad funcional tendremos un problema que cada ves se nos agranda mas, «Si no accedemos al mercado laboral debido a nuestra discapacidad, tenemos una pensión no contributiva de 300 euros al mes. Vivimos al borde de la exclusión», se indigna y con razón R. Reoyo. «Se nos considera a las personas discapacitadas como niños eternos y debemos acabar con ese prejuicio». Silvina está de acuerdo con Rafael: «El derecho a la sexualidad de las personas con diversidad funcional ha sido encubierto de mitos y tabúes, de ángeles y demonios, de pecados y delitos. Es tiempo de protagonizar el cambio, aun a riesgo de errores o críticas. La sexualidad es una condición de vida, y no de supervivencia. Cualquier día el discapacitado puedes ser tú», concluye.

La sociedad no puede seguir mirando hacía otro lado referente a problemas como el que os hemos detallado, todas las personas deberíamos de poder disfrutar de la sexualidad con total libertad y aquellas que no son capaces por discapacidad deberían de tener el apoyo de las administraciones, enfada y mucho que haya dinero para verdaderas chorradas y no para la necesidad real de una parte de la población.

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Pedagogia Hospitalaria

Pedagogia Hospitalaria

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La finalidad de la atención en hospitalización infantil, no es otra que la de educar para la vida, papel que corresponde al educador y que indudablemente desborda la específica labor del personal sanitario. La actividad pedagógica como complemento de la acción médica en los hospitales ha tomado carta de naturaleza desde hace años en muy diversos países europeos y norteamericanos. Se conoce que en décadas pasadas los servicios de pediatría de muchos hospitales estaban cerrados incluso a los padres y en este ambiente tan rígido no había lugar para la educación de los niños.

Fue a partir de la Segunda Guerra Mundial, y debido principalmente a la labor de pediatras y psicólogos, que estos servicios de pediatría comenzaron a abrir sus puertas. La razón fundamental estuvo en las frecuentes y severas alteraciones psicológicas que sufrían los niños ingresados durante largos períodos de tiempo en los hospitales, alejados de su entorno habitual. Los primeros educadores que entraron en los servicios de pediatría contribuyeron, de forma considerable, a la prevención del «hospitalismo».

El contexto en el que se imparte cualquier aprendizaje en el que se ejerce la función educativa no es algo trivial. El hecho de enseñar unos determinados contenidos en el contexto hospitalario, tanto por los contenidos mismos que se imparten como por el modo de hacerlo, hace que la Pedagogía resultante, la Pedagogía Hospitalaria, cumpla una función nuclear y vertebradora de toda una experiencia de enseñanza que tiene en sí misma un ámbito propio y una significación específica, muy distinta y diversa de cualquier otro quehacer pedagógico.

La Pedagogía Hospitalaria constituye un modo especial de entender la Pedagogía. Se encuentra orientada y configurada por el hecho incontestable de la enfermedad y enmarcada por el ámbito concreto que constituye la institución hospitalaria donde se lleva a cabo. Se ofrece como una Pedagogía vitalizada, de la vida y para la vida, que constituye una constante comunicación experiencial entre la vida del educando y la vida del educador, y aprovecha cualquier situación, por dolorosa que pueda parecer, para enriquecer a quien la padece, transformando su sufrimiento en aprendizaje (Lizasoáin, 2000). En esta misma línea, Del Valle y Villanezo (1993) aclaran que la Pedagogía Hospitalaria no es una ciencia cerrada sino multidisciplinar, que se encuentra todavía delimitando su objeto de estudio para dar respuesta a aquellas situaciones que, en la conjunción de los ámbitos sanitarios y educativos, la sociedad va demandando, haciéndose igualmente necesarios programas de atención al niño convaleciente, es decir, concibiendo la convalecencia en el domicilio como una prolongación del período de hospitalización.

La Pedagogía Hospitalaria se considera además como una ramificación de la Educación Especial, por cuanto se ocupa de forma específica de los niños y niñas con problemas de salud, al fin y al cabo de niños y niñas con necesidades educativas especiales. Sin embargo, no puede considerarse como tarea primordial y exclusiva de la Pedagogía Hospitalaria únicamente la atención del niño hospitalizado y su familia. El propósito de la Pedagogía Hospitalaria va más allá, abarcando un panorama mucho más amplio dentro del cual la escolarización es un elemento más, junto a muchos otros, que forman parte de la evolución y perfeccionamiento global del ser humano.

Por tanto, la Pedagogía Hospitalaria está más allá de la medicina y más allá de las Ciencias de la Educación, allí donde la reclaman la dignidad y la solidaridad del niño enfermo-hospitalizado y de su contexto familiar, tiene más que ver con la salud y con la vida que con la instrucción y el adiestramiento: sin renunciar a los contenidos específicos de la educación, va más allá de ésta.

La Pedagogía Hospitalaria es la escuela en el hospital, pero también lo lúdico y la atención a las familias de los niños hospitalizados. Actualmente, no existe una formación específica para estos profesionales, cuando la demanda es muy fuerte (Lizasoáin, 2006). El papel que desempeña la escuela en el hospital es compensatorio. Resulta fundamental el intento de normalización del modo de vida del niño. La pedagogía hospitalaria es socializadora, y por eso son también importantes las actividades recreativas que se pueden organizar en un hospital, desde un concurso de pintura hasta una revista de planta escrita por los niños. Cada país europeo trabaja con unos criterios, y el seminario se concibe como una puesta en común de objetivos. El referente legal es la Carta Europea de los Derechos del Niño Hospitalizado, aprobada por el Parlamento Europeo en 1986. Luego cada país ha elaborado su propia legislación. En la Comunidad foral aún queda mucho por hacer porque, de momento, la pedagogía hospitalaria no está legislada (Ochoa, 2006).

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Ayudas técnicas – Concepto y definición

Ayudas técnicas – Concepto y definición

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Son ayudas técnicas todos aquellos aparatos o equipos que son utilizados por personas discapacitadas temporal o permanentemente, que les sirven para tener un mayor grado de independencia en las actividades de la vida diaria y les proporciona en general una mayor calidad de vida.

Para poder delimitar con claridad el término de «ayuda técnica» hay que aclarar primeramente el concepto de «Ergonomía», que nos va a dejar ver con más exactitud por dónde nos movemos cuando intentamos definir un tema tan amplio y a la vez tan desconocido como es este.

Ergonomía

(del griego «ergon» trabajo y -nomía)
Según el diccionario de la Real Academia de la Lengua es «la ciencia que estudia las relaciones entre el hombre y su trabajo y trata de adaptar éste a las características psicológicas y fisiológicas del trabajador».
Este término, en principio, surge de la industria, que ve la necesidad de facilitar la realización del trabajo para conseguir una mayor productividad y a la vez una mejor situación del trabajador.
Con el paso del tiempo, y ante las distintas exigencias de la sociedad, por el rápido progreso de la ciencia, la palabra «Ergonomía» requiere una ampliación del ámbito de aplicación, incrementando, por tanto, su definición operativa:

» la ergonomía es una forma de investigación aplicada, que se ha desarrollado para estudiar todas las interacciones que se producen entre los hombres y las herramientas, objetos, máquinas y edificios que usa, es decir, lo que constituye su entorno habitable. Su ámbito de aplicación es la totalidad de los procesos relacionados con la concepción, proyección, elaboración y uso del entorno habitable, entendido en su más amplio sentido. Su finalidad última consiste en posibilitar la modificación de las características, particularmente las materiales, del entorno, para adaptarlas a las del hombre».
A este respecto y según Sherrer, se podría decir que la fisiología y la psicología del trabajo estudian la adaptación del hombre a su tarea. Sin embargo, la ergonomía tiene por fin modificar ésta y obtener las condiciones óptimas de la actividad. En definitiva sería «la adecuación del entorno al usuario».
En este sentido las Ayudas Técnicas serían los medios para adecuar el entorno a las necesidades del usuario discapacitado. Según Pey, «la herramienta es el objeto creado por el hombre para utilizarlo y para conseguir un ahorro de energía». Las ayudas técnicas son las herramientas creadas para conseguir, no sólo un ahorro de energía, sino también, la posibilidad de realizar acciones que de otra forma sería imposible o extremadamente difícil. En este nuevo sentido se podría añadir lo que dice Font: «las herramientas, verdaderas prolongaciones de nuestras manos, a las que mimetizan en sus funciones, se adecúan en la prensión, asimiento y potencian su eficacia; de ahí la importancia que asume, en su diseño, una correcta aplicación de los principios ergonómicos».

Llegados a este punto sólo queda definir y diferenciar las Ayudas Técnicas en su globalidad y en su especificidad. De forma general las Ayudas Técnicas son:

» instrumentos o dispositivos especiales que permiten realizar actividades diversas que sin tal ayuda quedarían fuera de las posibilidades, es decir, son elementos facilitadores que ayudan al individuo a aproximarse lo más posible a la normalidad, partiendo de su capacidad deficiente, transformando el entorno con el fin de favorecer la integración de los individuos con diversos déficits. En definitiva, son el puente entre la dependencia y la independencia. El objeto y la finalidad, es conseguir la integración y participación del individuo dentro del medio en el que vive.
Toda ayuda técnica debe reunir las características de:

.- sencillez.
.- eficacia.
.- ser utilizadas cuando no existe otro medio razonable de solucionar el problema.

Y por supuesto, deben de cumplir, para ser realmente adecuadoras del entorno, los requisitos siguientes:

.- responder a las necesidades para las que han sido concebidas.
.- seguras, evitando riesgos innecesarios.
.- sencillas, manejo sencillo para poder usarlas solos.
.- fabricadas con materiales resistentes, duraderos, de fácil limpieza, estéticos y de bajo costo».

De una manera más específica, aún perteneciendo todo al contexto global de ayuda técnica, habría además que diferenciar:

Ortesis y prótesis: elementos que están íntimamente unidos al cuerpo del individuo, supliendo funciones e incluso segmentos corporales:

Ortesis: dispositivos o aparatos que tienden a asegurar al cuerpo una forma conveniente con un fin funcional. Puede ser de dos tipos:

.- estáticas: para: sostener el segmento afectado, prevenir contracturas y proteger áreas lesionadas. También para la prevención o corrección de deformidades o limitaciones del juego articular.
.-dinámicas: para facilitar el ejercicio terapéutico y el uso funcional de la extremidad. Tiene por objeto la ayuda o suplencia de una función deficitaria o ausente.

Prótesis: dispositivos ortopédicos destinados a reemplazar la parte ausente del cuerpo con un fin a la vez estético y funcional.

Ayudas Técnicas: son las adaptaciones o dispositivos de autoayuda; son útiles, instrumentos o dispositivos especiales que permiten a un individuo ejercer diversas actividades de la vida diaria.

Medios Técnicos: transformaciones realizadas en el hábitat tendentes a eliminar las barreras que marginan al discapacitado.

En función de la utilidad, es decir, del objetivo que persiguen las distintas ayudas técnicas serían:

ayudas técnicas preventivas: aquellas que previenen deformidades, o bien preventivas para la disminución del potencial agresivo y evolutivo de una enfermedad. Habría que tener en cuenta las distintas prevenciones:

.-Primaria: es la que persigue evitar que aparezca la enfermedad que no estaba.
.-Secundaria: evitar que la enfermedad evolucione hasta la incapacidad.
.-Terciaria: prevención de la dependencia cuando existe incapacidad.

ayudas técnicas facilitadoras: que aumentan las posibilidades funcionales del minusválido que las utiliza, distinguiendo las ayudas técnicas de carácter personal o que afectan directamente al minusválido y las que se dirigen a la adaptación del hogar o del trabajo (medios técnicos).

ayudas técnicas compensadoras: aumentan la capacidad de realizar gestos imposibles, bien porque su realización provoque dolor o sea causa de deformidad; bien porque el grado de discapacidad sea tan grande que no pueda efectuarse.

Para determinar cuando debe aplicarse una ayuda u otra, o tan siquiera cuando es imprescindible alguna de ellas, es inevitable hacer una valoración de las necesidades particulares de cada individuo. Para ello tendremos en cuenta los puntos siguientes:

Patología
Va a facilitar información exacta de las limitaciones más frecuentes dentro de cada caso, lo que nos ayudará a evaluar la existencia o no de los posibles déficits previsibles.

Limitaciones o déficits
El grado de estos y la posibilidad real de una mayor o menor recuperación, serán factores importantes para la prescripción de ayudas técnicas. Aquí se engloba la evaluación de la persona, el haber descartado otras posibilidades (principalmente de recuperación de las capacidades residuales) y el conocimiento del objeto prescrito.

Ámbito o contexto social
El estudio de este apartado nos proporcionará nuevos datos acerca de las necesidades reales, puesto que estas variarán según el medio en el que se vaya a desenvolver el sujeto. Dependiendo de que esté en un centro o residencia, en el hogar o que vaya a desarrollar algún tipo de actividad o trabajo, las medidas a tomar serán diferentes.

La especificidad de las ayudas suele facilitar el estudio del medio, puesto que, en una especie de feedback, unos excluyen a otros. Es decir, un medio concreto requiere unas ayudas específicas, y un tipo de ayudas sólo encajan en un medio establecido.
Dentro del ámbito también va a tener una cierta relevancia la colaboración o no de una tercera persona. Hecho que obligará a «sofisticar» más o menos el medio.

GRADO DE «SOFISTICACIÓN»
Con el grado de «sofisticación» se quiere hacer hincapié en la existencia de ayudas más o menos complejas. Esto hace referencia a la posibilidad de encontrarnos con elementos de tipo standard o «de talla única» y con la de encontrarnos sistemas adaptables o modulares.
Con los primeros, la valoración es simple; si existe la necesidad, hay una única alternativa posible. Mientras que con los segundos, entran en juego un gran número de posibilidades a tener en cuenta, marcadas a su vez, por la patología, las limitaciones y el ámbito.

NIVEL DE AGRADO
No podemos olvidar, que por regla general, los posibles usuarios de las ayudas técnicas van a sentir algún tipo de rechazo hacía estas, de forma más evidente cuanto más visibles sean.
El nivel de agrado o desagrado, en este caso, va a depender directamente de lo que destaque la ayuda dentro de la normalidad. Por decirlo de una manera más sencilla: «cuanto más extravagante o llamativo sea el sistema u objeto, menos lo querremos; pues corremos el riesgo de ser señalados por la calle (importante handicap)».
Esto nos lleva a tener en cuenta: por un lado, la necesidad de concienciar y motivar al usuario, y, por otro, a que el diseño de la ayuda sea sencillo y estético.
La relación explicada es, por tanto, reversible. Cuanto más sencilla sea la ayuda y pase más desapercibida, mayor aceptación tendrá. Y, en consecuencia, mayor funcionalidad.

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Qué es un Centro Especial de Empleo

Qué es un Centro Especial de Empleo

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Los Centros Especiales de Empleo son empresas cuyo objetivo principal es el de realizar un trabajo productivo, participando regularmente en las operaciones del mercado, y cuya finalidad es asegurar un empleo remunerado y la prestación de servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores con discapacidad.

Características
  • Puede ser titular de un Centro Especial de Empleo cualquier persona física o jurídica, pública o privada, incluso comunidad de bienes, con capacidad jurídica y de obrar para ser empresario (sociedades mercantiles, asociaciones, fundaciones, etc)
  • Su plantilla tiene que estar formada al menos en un 70 por 100 por minusválidos con una reducción de, al menos, un 33 por ciento de su capacidad para el trabajo, sin perjuicio de las plazas en plantilla del personal no minusválido imprescindible para el desarrollo de su actividad.
  • Los Centros Especiales de Empleo se conciben como un medio de integración laboral de las personas con discapacidad en las empresas ordinarias, fin primordial de la política de integración laboral de este sector, por lo que la normativa reguladora de la materia insiste en se trata de auténticas empresas que deben sujetar su gestión a las mismas normas y requisitos que afecten a cualquier empresa del sector al que pertenezcan.

 

La financiación de los Centros Especiales de Empleo

Los Centros Especiales de Empleo obtienen los recursos para su financiación, además de los que procedan del desarrollo de su actividad económica, de las ayudas procedentes de la Administración Pública.

En concreto, dicha ayudas se regulan en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de octubre de 1998, ayudas gestionadas por la Consejería de Trabajo y Empleo para los Centros de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Las ayudas más significativas recogidas en dicha Orden son:

  • Ayudas a proyectos generadores de empleo: creación de centros, ampliación de plantillasiempre que el beneficiario justifique adecuadamente la inversión que implica el proyecto para acciones consistentes en inversiones fijas, financiación parcial de intereses de préstamos y asistencia técnica.
    La cuantía de la ayuda oscila entre los 12.020,24 € por puesto de trabajo creado con carácter estable si el Centro Especial de Empleo supera el 90 por 100 de trabajadores con discapacidad en la plantilla, y los de 9.015,18 euros en los casos en que este sea del 70 por 100. No computándose el personal no discapacitado del servicio de ajuste personal y social así como el que preste servicios en puestos que por su naturaleza o complejidad no puedan ser desempeñados por trabajadores con discapacidad.
  • Ayudas para el mantenimiento de puestos de trabajo,consistentes en la subvención del coste salarial correspondiente al puesto de trabajo ocupado por personal discapacitadoque realice una jornada de trabajo laboral normal por un importe del 50% del Salario Mínimo Interprofesional o, en cuantía proporcional al tiempo de trabajo si éste es a tiempo parcial.
  • Ayudas para el mantenimiento de puestos de trabajo, consistentes en una bonificación del 100 por 100 de la cuota empresarial a la Seguridad Social.

Los enclaves laborales

La regulación de esta figura se contiene en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, que define el ENCLAVE LABORAL como el contrato entre una empresa del mercado ordinario de trabajo, llamada empresa colaboradora, y un Centro Especial de Empleo, para la realización de obras o servicios que guarden relación directa con la actividad normal de aquella, y para cuya realización un grupo de trabajadores con discapacidad del Centro Especial de Empleo se desplaza al centro de trabajo de la empresa colaboradora.

La dirección y organización del trabajo en el enclave corresponde al Centro Especial de Empleo, con el que el trabajador con discapacidad mantendrá plenamente, durante la vigencia del enclave, su relación laboral de carácter especial en los términos establecidos en el Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los minusválidos que trabajen en centros especiales de empleo.

La norma señala como objetivos de los enclaves laborales los siguientes:
  • Favorecer el tránsito desde el empleo en los centros especiales de empleo al empleo en empresas del mercado ordinario de trabajo de las personas con discapacidad, y en particular de aquellas que por sus características individuales presentan especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo.
  • Permitir a los trabajadores con discapacidad del centro desarrollar su actividad laboral en una empresa del mercado ordinario de trabajo,completando su experiencia profesional.
  • Contribuir a un mejor conocimiento por parte de la empresa del mercado ordinario de trabajo de las capacidades y aptitudes reales de las personas con discapacidad, con vistas a una eventual incorporación a su plantilla.
  • Posibilitar el crecimiento de la actividad del Centro Especial de Empleo y, por tanto, la contratación de nuevos trabajadores con discapacidad.
  • Facilitar a las empresas el cumplimiento de la cuota de reserva legal de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos.
Requisitos para realizar enclaves laborales:
  • Del Centro Especial de Empleo: podrán realizar enclaves los centros especiales de empleo calificados e inscritos como tales de acuerdo con su normativa específica que lleven inscritos en el registro correspondiente al menos seis meses y que hayan desarrollado su actividad de forma continuada en los seis meses anteriores ala celebración del contrato por el que se formaliza el enclave.
  • De la empresa colaboradora: puede ser cualquier empresa del mercado ordinario de trabajo.
Duración del enclave:

Su duración mínima debe ser de tres meses y la máxima de tres años, con posible prórroga por periodos no inferiores a tres meses hasta alcanzar otros tres años.

Trabajadores destinados al enclave:

El número mínimo de trabajadores del enclave es de cinco, si la plantilla de la empresa colaboradora es de cincuenta o más trabajadores, o de tres si dicha plantilla es inferior.

El Real Decreto exige que al menos el 60 por 100 de los trabajadores del enclave presenten especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo, considerando que concurre esta circunstancia en las siguientes personas:

  • Personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
  • Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100.
  • Mujeres con discapacidad, no incluidas en los apartados anteriores con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100. En este el caso el porcentaje del 60 por ciento mencionado anteriormente se reduce al 50 por ciento.
Obligaciones formales:

El contrato por el que se formaliza el enclave debe ser comunicado por la empresa colaboradora o, subsidiariamente por el centro, al Registro de Centros Especiales de Empleo competente según el lugar en el que se encuentre el centro de trabajo donde se vaya a ubicar el enclave, con independencia de la Comunidad Autónoma en la que esté registrado el Centro Especial de Empleo.

Incentivos:

Para las empresas colaboradoras consistentes fundamentalmente ensubvenciones por cada contrato de trabajo de carácter indefinido realizado, tanto a jornada completa como a tiempo parcial, subvenciones para la adaptación del puesto de trabajo y eliminación de barreras, así como bonificación del 100 por cien de las cuotas empresariales de la Seguridad Social .

Normativa reguladora:
  • Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválido.
  • Real Decreto 2273/1985 de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los centros especiales de empleo.
  • Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por la que se regula la relación laboral de carácter especial de minusválidos que trabajen en los centros especiales de empleo.
  • Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad.
  • Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad (B.O.E nº 94, de 20 de abril), norma que regula, entre otras figuras, los enclaves laborales como medida alternativa para el cumplimiento por parte de las empresas de la citada cuota de reserva.

 

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